EL PENSAMIENTO DE UN NIÑO ES EL RESULTADO DEL FUTURO

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Las Franquicias

El término franquicia empleado en la Edad Media , haciendo referencia a las autorizaciones o privilegios que los soberanos otorgaban a favor de algún súbdito en relación a determinadas actividades comerciales , también de pesca y explotación de recursos forestales. El origen de la palabra franquicia podría ser el término francés franc que durante el medievo fue aplicado; de hecho el primer documento que refleja la concesión de una franquicia está fechado en marzo de 1.232, y fue otorgado en la localidad francesa de Chambey. Con la llegada de la Edad Moderna perdemos la pista al término franquicia en Francia , de la que no tenemos constancia documental hasta ya entrado el siglo XXI, y esta vez en los Estados Unidos de Norteamérica. En efecto las necesidades de expansión de la industria del Norte, triunfante tras la guerra civil, llevan a los empresarios a buscar la colaboración de los comerciantes del Sur y del Oeste. Reaparece pues el término franquicia, y esta vez ya contiene la esencia que lo caracterizará hasta nuestros días, es decir la colaboración entre empresarios independientes para la obtención de un fin común.
Si de ponerle fecha a la irrupción de la franquicia como sistema de distribución comercial, esta data de (1850 – 1858) aproximadamente, cuando Isaac Singer desarrollo el Singer Sewing Center (Centro de Costura de Singer). Después de inventar la máquina de coser, Singer se encontró con dos problemas para comercializarla. En primer lugar los clientes tenían que aprender cómo utilizar su invención antes de comprarla. En segundo lugar Singer no tenia bastante capital para fabricar su máquina en grandes cantidades. Entonces salió con la idea de vender los derechos a hombres de negocios locales para que vendieran la máquina de coser y que enseñaran a los clientes a utilizarla. Una vez hecho, su negocio se desarrollo rápidamente. El dinero que ganaba con la venta de los derechos le permitió financiar la fabricación y, porque cada franquicia se autofinanciaba, Singer de esta forma, saco provecho de los talentos empresariales de sus franquiciados.
No debemos olvidar a la empresa General Motors, que a partir de 1898, adopta el "franchising" como estrategia de expansión para su red de distribuidores. General Motors recurre a un contrato que favorece su asociaciòn entre la central y sus distribuidores, favoreciendo mucho la colaboración entre ambas partes, pero manteniendo en niveles razonables la independencia de las partes.
Otros, manifiestan que históricamente fue en la década del 30 que Howard Johnson establece la primera franquicia con una cadena de 25 franquiciados y luego a partir de la década de los 50 aparecen las grandes franquicias.
Los años cincuenta conocieron la expansión del sistema de franquicias tal y como lo conocemos hoy en día , y fue en los Estados Unidos de Norteamérica donde encontraron las condiciones necesarias para su despegue definitivo , siendo hoy en día la nación que lidera este sistema de probado éxito comercial.
Orígenes de las franquicias en la República Dominicana
En la República Dominicana es difícil determinar la entrada de franquicias en el país. El Banco Central estipulo la ley 173, sobre contratos con compañías extranjeras, el 6 de abril del 1966, pero ya antes de esa fecha existían concesionarios de diferentes productos, marcas, licencias, etc. Se pueden citar las marcas de automóviles como la Ford, Chevrolet, Crysler, etc., Así como también marcas de refrescos, ropas, electrodomésticos, muebles, etc.
Hoy en día, debido al sistema y fenómeno de globalización, se pueden observar en casi toda la geografía nacional el auge comercial de las franquicias, principalmente las de restaurantes, lavanderías, tiendas de ropas de marcas exclusivas, etc.

3. Que es una franquicia
Definición
La franquicia, es un método de colaboración continuada, que se establece entre dos partes jurídicamente independientes – Franquiciador y Franquiciado- y que se regula a través de un contrato, mediante el cual, en una Empresa o Profesional (Franquiciado) una licencia o derecho para utilizar su nombre, su marca, sus productos, servicios o procedimientos, junto con la reputación asociada a los mismos, con el fin de establecer un negocio y explotarlo rentablemente.
A cambio el franquiciador recibe una cuota inicial de entrada y un "Royalty" permanente por los servicios de ayuda técnica, comercial y de gestión de préstamos al Franquiciado.
Ventajas y Desventajas de las franquicias
Ventajas
La franquicia tiene varias ventajas sobre los minoristas independientes, de acuerdo con la administración de pequeños negocios de los Estados Unidos, Ellas son:
Reputación: Es un sistema de licencias establecido y bien conocido, el nuevo concesionario no tiene que trabajar para establecer la reputación de la firma. El producto o servicio que se ofrece ya es aceptado por el público.
Capital de trabajo: Cuesta menos dinero operar un negocio de concesión, porque el franquiciador le da al concesionario buenos controles de inventario y otros medios para reducir los gastos. Cuando es necesario, el franquiciador puede también dar asistencia financiera para los gastos operativos.
Experiencia: El consejo dado por el franquiciador compensa la inexperiencia del nuevo propietario.
Asistencia gerencial: El propietario de un pequeño almacén independiente tiene que aprender de todo, y un minorista experimentado puede no ser un maestro en todos los aspectos de finanzas, estadísticas, marketing y promoción de ventas. Las mejores compañías de franquicia le dan al concesionario asistencia continua en estas áreas.
Utilidades: Al asumir unos costos razonables de franquicia y convenios sobre suministros, el concesionario usualmente puede esperar un razonable margen de ganancias, porque el negocio se maneja con la eficiencia de una cadena.
Motivación: Debido a que el concesionario y el franquiciador se benefician del éxito de la operación, ambos trabajan adecuadamente para lograrlo.
Desventajas: También existen desventajas para el concesionario. He aquí algunas de ellas:

Derechos: Los derechos que el franquiciador cobra por el uso del nombre de la empresa, los precios cobrados por las provisiones y otros gastos pueden ser muy altos para una localidad particular. De tal manera que se puede incurrir en pérdidas o bajos márgenes de ganancias para el minorista.
Menos independencia: Debido a que el concesionario debe seguir los patrones del franquiciador, el minorista pierde algo de su independencia.
Estandarización: Los procedimientos son estandarizados y los concesionarios no tienen mucha posibilidad de utilizar ideas propias.
Lentitud: Debido al tamaño, un franquiciador puede ser lento para aceptar una nueva idea o adaptar sus métodos a los cambios de condición.
Cancelación Es difícil y caro cancelar un convenio de concesión sin la cooperación del franquiciador.
El control: El franquiciador tiene menos control sobre el concesionario, que si montara sus propias instalaciones de producción.
El competidor: Si el concesionario tiene mucho éxito, la firma pierde utilidades y cuando termine el contrato podría encontrarse con que ha crecido un competidor.
Ventajas del franquiciante:
- Bajos costos y riesgos de desarrollo, porque el costo y el riesgo son asumidos por el franquiciado.
- Genera una presencia global a bajo costo.
- Adueñarse rápidamente del mercado.
- Valorizar y capitalizar la marca.
- El manejo o dominio de la distribución.
- Hacer economías de escala.
- Preparar operaciones financieras.
- Obtener la fidelidad del consumidor.
- Actuar en materia de innovación.
Ventajas para el franquiciado:

- Garantía de independencia, el franquiciado seguirá siempre como patrón de sí mismo, así sea el quién labore en su propio establecimiento de comercio.
- La adquisición de conocimientos (Know How).
-Reduce el riesgo de iniciar una actividad empresarial.
-Obtiene mejores precios de compra en razón del volumen total de suministros de la franquicia.
-El beneficiarse de un nombre conocido.
-Capacitación inicial y permanente, porque este es un contrato evolutivo: los productos, el servicio, Know How son objeto de un constante mejoramiento con el solo fin de hacer progresar.
-La experiencia del centro piloto.
-El sostenimiento logístico de la central.
-La publicidad.
Desventajas para el franquiciador
-Posibilidad de indisciplina del franquiciado, con sus consecuencias funestas para la cadena.
-Posibilidad de elegir franquiciados no idóneos para el manejo el crecimiento de la cadena, y su detección tardía.
-Peligro del desprestigio de la marca
-Utilidad menor para el franquiciador, en comparación con la obtenida por medio de una cadena propia.
-Posibilidad de fraude en los reportes de cánones y regalías.
-Falta control sobre la calidad.
-Inhabilidad para comprometerse en una coordinación estratégica global.
Desventajas para el franquiciado
-Debe pagar montos iniciales periódicos al franquiciador.
-No es propietario del nombre y marca comercial.
-Las decisiones acerca de las políticas a seguir las toma el franquiciador
-Tiene restringidos los derechos a disponer de su propio negocio.
Pasos para obtener una franquicia
Cuando el franquiciante multinacional, esto es, el que intenta penetrar en un mercado extranjero, omite seleccionar a su franquiciatario extranjero a la luz de los criterios comentados y se guía únicamente por el económico (situación que desafortunadamente es generalizada), las posibilidades de fracaso son importantes. Como conclusión, para aquellos empresarios que estén considerando franquiciar su negocio; tendrán que considerar que las franquicias son una solución de mercado a un problema de mercado. Por lo tanto, a todas luces es inadecuado utilizar a las franquicias como una solución a problemas que son meramente de índole financiero.
Establece como concepto de franquicia o concesionamiento como un convenio con el concesionario en el mercado extranjero, ofreciendo el derecho de utilizar el proceso de fabricación, la marca, la patente, el secreto comercial y otros puntos de valor, a cambio de honorarios o regalías.
A continuación se presentará lo que recibe el franquiciador en retorno por la franquicia:
Un derecho de franquicia. Es un pago anticipado de una sola vez que los concesionarios hacen directamente a quién les concede la franquicia para ser parte del sistema de concesiones. El pago le reembolsa al franquiciador los costos de ubicación, calificación y entrenamiento de los nuevos concesionarios.
Una regalía. Es un pago anual, entre 1% y 20% de las ventas del concesionario que se paga al franquiciador. Estos pagos representan los costos de hacer negocios como parte de una organización de concesiones.
Un derecho de publicidad. Es un pago anual, usualmente menos de 3% de las ventas, que cubre la publicidad corporativa.
Las ganancias por venta de equipos, provisiones o servicios o productos terminados al concesionario.
Características que debe buscar un franquiciante en un franquiciatario
Con respecto a la experiencia de los franquiciatarios maestros en los últimos años, casi siempre que ha habido éxito, se ha podido percibir que el franquiciatario maestro reúne la mayoría, si no todas, las características elementales que debe buscar un franquiciante para el desarrollo de su concepto en un país extranjero:
-Conocimiento del mercado local.
-Conocimiento del segmento de mercado que interesa a la franquicia.
-Actitud flexible
-Recursos económicos necesarios
-Recursos administrativos necesarios
-Capacidad de comunicarse adecuadamente con su franquiciante
-Experiencia de negocios en el país del franquiciante
-Conocimientos del mercado inmobiliario de su país
-Habilidad para ayudar en la selección de los posibles proveedores del sistema
-Buenas relaciones y experiencia en el trato con los funcionarios de gobierno del país al que ingresa la franquicia.
La facilidad para obtener una franquicia se basa bastante el estamento legal , ya que todo desde el principio debe tener un carácter legal, y formal . Desde la solicitud a la franquicia hasta la culminación del contrato de representación y franquicia.
Características del contrato de franquicia : El contrato de franquicia debe tener varias características:
-Oneroso: obliga al cumplimiento de unas prestaciones económicas, donde ambas partes se gravan y ambas se benefician. El franquiciado debe pagar al franquiciador por recibir la licencia de propiedad industrial, asistencia técnica y por la inclusión en la estrategia de publicidad.
-Consensual: Para su perfeccionamiento se necesita el acuerdo de voluntades. Pero por los costos involucrados en el negocio, las partes deciden hacerlo solemne.
-Tracto sucesivo: se ejecuta a través del tiempo. Las partes se comprometen por períodos largos de tiempo, durante los cuales deben cumplir el conjunto de obligaciones establecidas en el contrato en forma sistemática y permanente.
-Atípico: no tiene regulación expresa por la ley.
-Mercantil: siempre las partes son comerciantes, la franquicia implica el ejercicio de una actividad mercantil, sin embargo, no hay relación laboral entre las partes.
-Bilateral: implica obligaciones para las dos partes, franquiciado y franquiciador.
-Principal: el contrato de franquicia existe por sí solo, por lo tanto no depende de otra relación.
Tipos de franquicias
Las franquicias o el concesionamiento ha sido el desarrollo de más rápido crecimiento y mayor interés en los últimos años. Aunque la idea fundamental ya es antigua, algunas formas del concesionamiento son muy recientes. Pueden distinguirse tres formas de concesionamiento:
1- La primera es el sistema de concesión al detallista patrocinado por el fabricante, el cual ejemplifica la industria automóviles.
2- .2- La segunda es el sistema de concesionamiento al mayorista patrocinado por el fabricante.
3- La tercera es el sistema de concesionamiento al detallista patrocinado por la firma de servicios. En este caso, una firma de servicio organiza todo un sistema para llevar su servicio en forma eficiente a los consumidores .
Clasificación de las franquicias
En base a los diferentes grados de actividad y complejidad que presentan las franquicias se ha realizado la siguiente clasificación:
Franquicia de producción Es aquella donde el franquiciador, además de ser el titular de la marca, fabrica los productos que mercadea en sus establecimientos franquiciados.
Franquicia de distribución El franquiciador actúa como mediador en las compras, selecciona productos que son fabricados por otras empresas y los distribuye a través de sus puntos de venta franquiciados en condiciones favorables.
Franquicia de servicios: Es la explotación de un determinado servicio cuya fórmula original es propiedad del franquiciador, quien la transfiere a sus franquiciados. Este tipo de franquicias es la que tiene mayor auge hoy en día.
Franquicia industrial: El franquiciador -quien debe ser titular de la propiedad industrial- cede a sus franquiciados la tecnología y materias primas necesarias para fabricar un determinado producto y posteriormente venderlo en el mercado.
Franquicia máster : Es el resultado de exportar una franquicia de su país de origen a otro a través de la presencia de un máster franquiciado, a quien el franquiciador dueño de la marca vende los derechos de sus franquicias para que los desarrolle en el país destino. El máster franquiciado es responsable del desarrollo de la marca, de seleccionar a los franquiciados y adaptar el concepto a las características específicas de su mercado.
Franquicia córner: Es aquella que se desarrolla dentro de otro establecimiento comercial, con un espacio franquiciado donde se venden los productos y/o se prestan los servicios del franquiciador de acuerdo con sus especificaciones.
Franquicia individual: Es concedida por el propietario de una franquicia master o por el franquiciante inicial a un inversionista individual para el manejo y operación de un solo establecimiento, en un área determinada.
Franquicia individual: A través de este tipo de contrato se ceden los derechos de abrir varios establecimientos en un área geográfica definida, a un solo franquiciado, el cual está obligado a operarlos todos sin ceder los derechos adquiridos a un tercero.
Franquicia múltiple: A través de este tipo de contrato se ceden los derechos de abrir varios establecimientos en un área geográfica definida, a un solo franquiciado, el cual esta obligado a operarlos todos sin ceder los derechos adquiridos a un tercero.
Franquicia de productos y marcas o Franquicia de Distribución No Exclusiva: El franquiciante otorga al franquiciado la autorización para el uso de su marca, junto con la venta de ciertos productos y/o la prestación de ciertos servicios, que generalmente son abastecidos por el mismo franquiciante a través de su licencia. El franquiciante no otorga exclusividad territorial o del producto. La calidad y la cantidad de apoyo prestada por el franquiciante son mínimas, a pesar de existir algunos requisitos.
Franquicia de Distribución Exclusiva : La diferencia con la anterior es que la red de almacenes que funcionan con la marca del franquiciante en la fachada se constituye en el canal exclusivo para la distribución de sus productos o servicios.
Franquicia de Conversión : Consiste en la asociación de un grupo de empresas, agencias, almacenes ya existentes bajo un formato único. El objetivo principal consiste en unir sus esfuerzos de mercadeo, mostrando una fachada única, promoviendo las ventas por medio de programas masivos de publicidad y sistematizando la calidad del servicio ofrecido al consumidor.
Los primeros asociados, a su vez pueden recibir futuros franquiciados o ceder estos derechos a dueños de negocios similares existentes, dispuestos a cambiar su nombre y sus métodos por los de la franquicia.
Según la evolución del concepto, derechos cedidos y transmisión de Know How
1- Franquicia de marca o de primera generación: Corresponde básicamente a las licencias de marca. El franquiciante solamente otorga los derechos de uso de una marca, diseño y/o dibujo industrial al franquiciado por una contraprestación financiera establecida y por una sola vez, si es un diseño o moda temporal, o contraprestaciones en el tiempo o regalías, si es un diseño o marca permanente.
2- Franquicia de negocio o de segunda generación: Además de la cesión de la marca se otorga la forma de operación del negocio, "la receta", pero esta asesoría no se extiende en el tiempo, ni en la profundidad de los conocimientos transferidos.
3- Franquicia de formato de tercera generación: El franquiciado recibe un sistema completo para operar el negocio, un plan total que comprende la asistencia por parte del franquiciante en la búsqueda del local adecuado para la instalación del negocio, el entrenamiento y la capacitación del personal en todas las áreas del mismo. Este entrenamiento se prolonga durante la existencia del contrato de franquicia.
El franquiciante concede al franquiciado la exclusividad del territorio, y este último comercializa o distribuye los productos o servicios exclusivamente.
El franquiciado recibe: manuales de procedimiento, apoyo publicitario, asistencia en la compra de equipos y fuentes adecuadas de materias primas o productos.
5. Aspecto Legal de las Franquicias
El Contrato de Franquicia en la República Dominicana : En la República Dominicana no están regulados los contratos de licencia, franquicia ni transferencia de tecnología.
Secretos de mercado, protección de datos digitales, no concurrencia y regalías son en su mayoría regulados mediante acuerdos privados entre las partes envueltas, con la excepción de la confidencialidad y las normas de anti-monopolio, las cuales son reguladas por estipulaciones del Código Penal.
Sin embargo, la Ley de Inversión Extranjera y la Ley de Protección al Agente Importador de Productos y Mercancía tienen una gran importancia en este área.
Las franquicias y los contratos para licencia de patentes, uso de marcas, arrendamiento financiero de maquinaria y equipos, y la transferencia del Know How y de tecnología, son especialmente tratadas por la Ley 16-95 de Inversión Extranjera, la cual permite al licenciatario, luego de haber cumplido con ciertos requisitos registrales, cambiar legalmente pesos dominicanos en moneda de libre comercio.
Conversión en los mercados locales para fines de pagar al exterior las regalías y otras obligaciones asumidas en dichos contratos.
La Ley 16-95, requiere la autorización previa por parte del Banco Central de los acuerdos que involucran un intercambio de tecnología. A parte de éstas, esta ley no establece ninguna otra restricción, y tampoco establece ningún limite al monto de las regalías remesadas al exterior.
Por lo tanto, una vez registrado un contrato de licencia o franquicia, el licenciatario o franquiciado quedan autorizados para el cambio de la moneda local para los fines de realizar los pagos de las regalías derivadas de los acuerdos. Debemos tomar en cuenta que de acuerdo con el Código Tributario, el licenciatario o franquiciado deberá retener el Impuesto sobre la Renta antes de remitir las regalías al licenciatario o franquiciante y deberá entregar a los oficiales fiscales los recibos que evidencien el pago hecho a las autoridades fiscales. El pago de regalías realizado por un licenciante o franquiciado no registrado no será reconocido por el Banco Central para fines del cambio de divisas y debe ser retenido en el país.
6. Formas de organización comercial
El franquiciante o franquiciado extranjero interesado en participar en el mercado dominicano querrá canalizar su negocio o inversión de la manera que mejor se corresponda con el tipo de actividad de que se trate o con la estrategia internacional adoptada para la realización de la misma. Las leyes dominicanas le permiten escoger libremente entre las diversas modalidades de organización comercial, ya que no existe ninguna restricción al respecto.

La forma más común de organización comercial en el país es la compañía por acciones, aunque el Código de Comercio permite también la creación de los siguientes tipos de entidades empresariales:
• Sociedad civil, que es utilizada para realizar actividades no comerciales.
• Sociedad en nombre colectivo, cuyos miembros no disfrutan de responsabilidad limitada, aún luego de transferir sus intereses con relación a las deudas originadas antes de su partida de la empresa.
• Sociedad en comandita, en la que los miembros que no participan en la administración diaria de la compañía disfrutan de responsabilidad limitada.
• Sociedad en comandita por acciones, que es una sociedad en comandita cuyo capital está dividido en acciones.
• Sociedad en participación, que permite a sus miembros actuar como una entidad pero no tiene existencia legal frente a terceros.
A diferencia de otros sistemas, que permiten alguna forma de traspasar el velo corporativo, la ley dominicana sólo permite llegar hasta los accionistas en caso de fraude o dolo, cuyas reglas de prueba ante los tribunales son por lo demás bastante estrictas. No se diferencia entre acreedores contractuales o por responsabilidad civil, ni se otorga un trato especial a las transacciones de la casa matriz con sus filiales. Tampoco se sanciona la descapitalización, al no haber siquiera reglas claras de capitalización. Por lo demás, las formas de asociación comercial diferentes de la sociedad anónima (incluyendo las organizaciones sin fines de lucro) reciben el mismo tratamiento en materia tributaria que las compañías por acciones. Esto significa que no se puede evitar el pago de los impuestos seleccionando una estructura empresarial específica, ya que cualquier tipo de asociación, incluso las que no gozan de la personalidad jurídica en virtud de la ley de comercio, será tratada como una entidad separada para fines de tributación. Asimismo, el costo de constitución de una compañía es mínimo, no hay deberes de capitalización anual, y las reglas de administración son muy flexibles.
En vista de todo esto, se puede considerar que las otras modalidades de organización comercial no ofrecen ventajas reales para compensar las desventajas que implica el no beneficiarse del principio de responsabilidad limitada.
El Código de Comercio exige un mínimo de siete accionistas para la constitución de una compañía por acciones, pero los accionistas adicionales que participan para llenar el requisito legal pueden tener una participación simbólica de una acción en el capital de la sociedad.
La Ley 16-95 sobre Inversión Extranjera eliminó el único desincentivo existente al establecimiento de sucursales, ya que ahora el inversionista no necesita incorporar una sociedad dominicana para poder registrar su inversión en el Banco Central. En efecto, toda inversión de empresas extranjeras hecha en el país a través de sucursales puede ser registrada, lo cual les permitirá repatriar en moneda libremente convertible los beneficios obtenidos.
El establecimiento de sucursales de empresas extranjeras en el país se efectúa a través del procedimiento de fijación de domicilio legal, el cual se establece tanto para personas físicas como para personas morales.
Cabe destacar aquí que, si bien desde un punto de vista estrictamente legal el procedimiento de fijación de domicilio no es obligatorio, ya que una compañía extranjera puede realizar actividades en el país sin haber fijado su domicilio en el territorio dominicano, en términos prácticos el cumplimiento de este requisito es recomendable, ya que el mismo se exige para diversos trámites administrativos, tales como el registro de la inversión extranjera en el Banco Central. Además, en algunos casos la ley exige a la empresa extranjera cumplir con el requisito de fijación de domicilio para poder operar en el país. Por ejemplo, para poder prestar servicios financieros en el mercado local el banco extranjero debe constituir una compañía dominicana o abrir una sucursal en el país. Finalmente cabe destacar que, desde el punto de vista tributario, las sucursales de empresas extranjeras reciben el mismo trato que las compañías dominicanas, ya que el Código Tributario exige el cumplimiento de las obligaciones fiscales, tanto a las sociedades comerciales incorporadas en el país como a los establecimientos permanentes de compañías extranjeras.
A nivel internacional, la República Dominicana se beneficia de diversos programas de financiamiento, así como de esquemas para garantizar al inversionista contra riesgos cambiarios y políticos, los cuales contribuyen a hacer del país un lugar atractivo y seguro para la realización de inversiones. En cuanto a las oportunidades de intercambio comercial, la nación dominicana disfruta de derechos preferenciales para acceder a diversos mercados, al tiempo que ejecuta una política de acercamiento e integración regional con miras a insertarse de la mejor manera posible en la economía global.
A raíz de la participación de la República Dominicana en diversas organizaciones de carácter internacional, el inversionista que decida llevar a cabo un proyecto en el país podría beneficiarse de las facilidades de financiamiento y de garantía de inversiones que se encuentran disponibles bajo distintos esquemas. Organismos internacionales como el Banco Mundial y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) conceden facilidades crediticias bajo condiciones ventajosas para la realización de proyectos en sectores considerados importantes para el desarrollo de la economía nacional. Proyectos privados en sectores como agricultura, turismo e industria se benefician continuamente de estos esquemas. Por otro lado, también hay fuentes de financiamiento disponibles a través del Banco Europeo de Inversiones (BEI).Esta es una institución de la Unión Europea que, bajo el marco de la Convención Lomé IV, ofrece préstamos a largo plazo y con bajos intereses para la financiación de proyectos